lunes, 4 de junio de 2007

ACOGIMIENTO FAMILIAR


PROGRAMA DE ACOGIMIENTO FAMILIAR

FUNDACION MARGENES Y VINCULOS

En nuestra Comunidad existen miles de niñ@s que viven en Centros o Residencias de menores.

Podríamos evitar cierto número de estancias en centros o disminuir la duración de las mismas si contáramos con una bolsa de familias acogedoras que ofrezcan un entorno familiar a estos niñ@s hasta que puedan regresar con su familia biológica o adoptarse otra medida de carácter definitivo o estable para el menor.

La institucionalización no es el medio más adecuado para favorecer el desarrollo integral del niñ@ ya que no proporciona formas naturales de relación y convivencia.

Como alternativa surge el Acogimiento Familiar que consiste en cuidar, atender y educar durante un tiempo determinado, en un medio familiar, a todos aquellos niñ@s que en un momento dado no pueden recibirlo de su propia familia.

Es importante resaltar que el acogimiento familiar no es un medio para sustituir a la familia biológica, ni tampoco para tener el hij@ que nunca se tuvo, sino que se trata de una alternativa más a la medida de internamiento en centros de menores, mientras se trabaja para conseguir la recuperación de la familia biológica o en su caso se le proporcione al menor la medida más adecuada a sus circunstancias y necesidades.
TIPOS DE ACOGIMIENTO :

Acogimiento Simple: Tendrá carácter transitorio, bien porque de la situación del menor se prevea la reinserción de éste en su familia, bien en tanto se adopte una medida de protección más estable. Siendo aconsejable que exista una continuidad en las relaciones del menor con sus padres.
Dentro del Acogimiento Simple existe la modalidad del

Acogimiento de Urgencia;

Esta modalidad de acogimiento tiene las siguientes características:
· Los menores tendrán una edad de 0 a 8 años.
· El acogimiento tendrá una duración de 5 meses aproximadamente.
· Es un acogimiento remunerado.
· A las familias acogedoras de urgencia se les requiere una especial disponibilidad para acoger a estos menores.

Acogimiento Permanente: Es cuando la edad del menor u otras circunstancias personales o de su familia aconseja proporcionarle mayor estabilidad. En tal supuesto, la Entidad Pública podrá solicitar al Juez que atribuya a los acogedores aquellas facultades de la tutela que faciliten el desempeño de sus responsabilidades, atendiendo en todo caso al interés superior del menor. En algunos casos el menor y su familia biológica mantienen una vinculación muy estrecha, siendo acosenjable se mantengan los lazos con su familia.

TELÉFONO DE INFORMACIÓN A FAMILIAS

El programa de Acogimiento Familiar cuenta con una línea de atención gratuita para aquellas personas y/o familias que quieran solicitar información sobre el Acogimiento Familiar. El teléfono es el 900 35 44 28.

Si quieres mas información sobre este tema solicitanosla a TIOJIMENO@TERRA.ES O dirigete directamente a :


* EQUIPO ACOGIMIENTO FAMILIAR CAMPO DE GIBRALTAR
C / EMILIO BURGOS Nº 3, ENTREPLANTA
11207 ALGECIRAS (CÁDIZ)
TELÉFONOS: 956 65 05 32 – 956 65 56 41 FAX: 956 65 72 13


Nuestra página web:
http://www.fmyv.org/

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