¿POSIBLE ERROR EN LAS LISTAS DEL PP (3)?
Publicabamos ayer una entrada en la que comentábamos que podría haber un posible error en las listas del PP
Prudentemente, lo publicamos entre interrogaciones porque hasta este momento nadie nos ha podido aclarar el tema.
He aquí algunas opiniones aclaratorias recibidas al respecto :
“La presentación de candidaturas no es un tema de Ayuntamiento, es mas bien de la Junta Electoral de Zona la que debe dictaminar sobre este asunto, si bien por lo que he podido ver parece tratarse mas bien de un tema de incompatibilidad a la hora una duplicidad de actas de concejal y alcalde de la ELA.
No parece ser de ilegibiliad, por lo tanto, si podria presentar las dos candidaturas y en caso de obtener ambos cargos tendría que decantarse por uno de ellos, al entrar en conflicto entonces con la icompatibilidad a que se refiere el Articulo 60 del Estatuto de los componentes de la junta vecinal”
Antonio Sarrias
"Así lo hemos interpretado nosotros .
Gracias Antonio por la aclaración.
Ahora la pregunta sería: ¿Se consideran las listas de Jimena y de la ELA como dos listas distintas o no?
En caso de que fuera así es cuando una misma persona no podría figurar en dos listas al mismo tiempo.
¡Continuamos para bingo!
TIOJIMENO
"Siguiendo con las suposiciones, tendría que renunciar a un cargo y tomar posesión de otro. "
Antonio Sarrias
"SÍ, ESO ESTÁ CLARO.
PERO A LO QUE ME REFIERO ES A LA POSIBILIDAD DE IR EN LAS DOS LISTAS .
¿la junta electoral permite que una persona vaya en dos listas en unas mismas elecciones?
¿Se consideran dos listas distintas?
¿Porqué en las demas candidaturas los candidatos de la ELA no van en la lista de Jimena?
A eso me refería "
TIOJIMENO
"Evidentemente aparece en dos listas porque supongo que es un error que han cometido ya que en las elecciones del 2003 era posible, la LOREG lo permitía, en el 2005 esto cambia, pero solo habla a la hora de ocupar actas, no de aparecer en listas."
Antonio. Sarrias
"En relación a la polémica sobre la presentación de candidatos a la ELA y al Ayuntamiento de Jimena, entiendo que no se puede, pero no por una legislación nueva como el Decreto 185/2.005, sino por la propia Ley Orgánica 5/1985 de Régimen Electoral General(LOREG), que establece en su artículo 46 lo siguiente:
Artículo Cuarenta y seis.
1. El escrito de presentación de cada candidatura debe expresar claramente la denominación, siglas y símbolo del partido, federación, coalición o agrupación que la promueve, así como el nombre y apellidos de los de candidatos incluidos en ella.
2. Al escrito de presentación debe acompañarse declaración de aceptación de la candidatura, así como los documentos acreditativos de sus condiciones de elegibilidad.
3. Cuando la presentación deba realizarse mediante listas, cada una debe incluir tantos candidatos como cargos a elegir. En caso de incluir candidatos suplentes, su número no podrá ser superior a 10, con la expresión del orden de colocación tanto de los candidatos como de los suplentes.
4. La presentación de candidaturas debe realizarse con denominaciones, siglas o símbolos que no induzcan a confusión con los pertenecientes o usados tradicionalmente por otros partidos legalmente constituidos.
5. No pueden presentarse candidaturas con símbolos que reproduzcan la bandera o el Escudo de España, o con denominaciones o símbolos que hagan referencia a la Corona.
6. Ningún candidato puede presentarse en más de una circunscripción, ni formar parte de más de una candidatura.
Y me paro en el punto sexto, porque como verás, no se permite formar parte de más de una candidatura.
La pregunta del millón en este caso es: ¿se consideran distintas candidaturas la ELA y el Ayuntamiento deJimena?.
En mi opinión sí, por el simple hecho de que tenemos que presentar a la Junta Electoral de Zona documentos distintos, firmados por candidatos distintos, en los que consta, en ambos, la palabra"candidatura".
No obstante, debo estar equivocado, porque la LOREG no es nueva, es del año 85, y en la pasada legislatura el propio PSOE presentó suc andidato a la ELA como Concejal también.
Es más, creo que en el 99 todos lo hicimos. La duda ahora está en saber si alguien recurrirá la candidatura del PP por este detalle. En cualquier caso el pueblo decidirá quien sale elegido, y todos coincidimos en que si un candidato obtiene los dos cargos, hoy porhoy, serían incompatibles.